¿En qué consiste la gestión fiscal del ITP en Baleares?
Comprar una vivienda, solar, local comercial o plaza de garaje de segunda mano en las Islas Baleares conlleva la obligación tributaria ineludible de liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) ante la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB) en un plazo máximo de un mes natural desde la firma de la escritura pública ante notario.
En Baleares, la escala general del ITP oscila entre el 8% y el 13% en función del valor del inmueble, constituyendo una de las mayores partidas de gasto de cualquier compraventa. Sin embargo, la normativa balear contempla tipos reducidos muy ventajosos (como el 4% o incluso exenciones para menores de 30 o 36 años en primera vivienda habitual), siempre que se cumplan rigurosamente ciertos requisitos de empadronamiento, patrimonio previo y límites de renta.
Un cálculo inexacto, ignorar el Valor de Referencia del Catastro o presentar el Modelo 600 fuera de plazo puede derivar en sanciones, intereses de demora y desagradables liquidaciones complementarias de Hacienda. En mi despacho nos ocupamos de verificar previamente tu contrato de arras, calcular la tributación exacta y presentar telemáticamente la liquidación para tu total tranquilidad.
¿Qué incluye este servicio?
Estudio previo de arras y escritura
Revisión fiscal del contrato de arras, cláusulas resolutorias y borrador de escritura pública para evitar imprevistos tributarios antes de la firma notarial.
Valor de Referencia de Catastro
Comprobación del valor mínimo fiscal fijado por Catastro para asegurar que el valor declarado coincide o supera el mínimo legal vinculante ante la ATIB.
Estudio de tipos reducidos (4%)
Verificación de condiciones personales (jóvenes menores de 36 años, primera vivienda habitual, familia numerosa) para aplicar legalmente el tipo impositivo más bajo posible.
Modelo 600, Plusvalía y Registro
Confección y presentación telemática del Modelo 600, entrega de la carta de pago con CSV oficial para el Registro de la Propiedad y asesoramiento en plusvalía municipal.
¿Cómo funciona la liquidación del ITP con nosotros?
Siguiendo el modelo ágil y profesional de las mejores gestorías de Baleares, gestionamos tu trámite en 4 sencillos pasos:
Envío de documentación previa a la firma
Nos remites por email o WhatsApp la nota simple informativa, la referencia catastral y el contrato de arras o borrador de escritura que vas a firmar.
Cálculo de impuestos y tipos bonificados
Contrastamos el precio de compra con el Valor de Referencia del Catastro, determinamos si puedes acogerte al tipo reducido del 4% o exenciones autonómicas y te facilitamos el importe exacto a liquidar.
Presentación telemática del Modelo 600 en la ATIB
Tras la firma en notaría, confeccionamos la autoliquidación del Modelo 600, adjuntamos la copia simple telemática de la escritura y presentamos el impuesto ante Hacienda Balear dentro del plazo legal.
Entrega de justificantes para el Registro
Te remitimos inmediatamente la carta de pago sellada con Código Seguro de Verificación (CSV) oficial, lista para ser presentada en el Registro de la Propiedad de Mallorca correspondiente para inscribir la titularidad a tu nombre.