Servicio 04 · Fiscalidad Inmobiliaria & ITP

ITP · Liquidación en Compraventa de Inmuebles

Asesoramiento fiscal inmobiliario y liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en Mallorca y las Islas Baleares. Aplicación de tipos reducidos y gestión telemática en plazo ante la ATIB.

Aplicación de tipos reducidos (4% y bonificaciones jóvenes)
Presentación telemática del Modelo 600 ante la ATIB
Plazo estricto de 1 mes garantizado
Explicación del servicio

¿En qué consiste la gestión fiscal del ITP en Baleares?

Comprar una vivienda, solar, local comercial o plaza de garaje de segunda mano en las Islas Baleares conlleva la obligación tributaria ineludible de liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) ante la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB) en un plazo máximo de un mes natural desde la firma de la escritura pública ante notario.

En Baleares, la escala general del ITP oscila entre el 8% y el 13% en función del valor del inmueble, constituyendo una de las mayores partidas de gasto de cualquier compraventa. Sin embargo, la normativa balear contempla tipos reducidos muy ventajosos (como el 4% o incluso exenciones para menores de 30 o 36 años en primera vivienda habitual), siempre que se cumplan rigurosamente ciertos requisitos de empadronamiento, patrimonio previo y límites de renta.

Un cálculo inexacto, ignorar el Valor de Referencia del Catastro o presentar el Modelo 600 fuera de plazo puede derivar en sanciones, intereses de demora y desagradables liquidaciones complementarias de Hacienda. En mi despacho nos ocupamos de verificar previamente tu contrato de arras, calcular la tributación exacta y presentar telemáticamente la liquidación para tu total tranquilidad.

¿Qué incluye este servicio?

Estudio previo de arras y escritura

Revisión fiscal del contrato de arras, cláusulas resolutorias y borrador de escritura pública para evitar imprevistos tributarios antes de la firma notarial.

Valor de Referencia de Catastro

Comprobación del valor mínimo fiscal fijado por Catastro para asegurar que el valor declarado coincide o supera el mínimo legal vinculante ante la ATIB.

Estudio de tipos reducidos (4%)

Verificación de condiciones personales (jóvenes menores de 36 años, primera vivienda habitual, familia numerosa) para aplicar legalmente el tipo impositivo más bajo posible.

Modelo 600, Plusvalía y Registro

Confección y presentación telemática del Modelo 600, entrega de la carta de pago con CSV oficial para el Registro de la Propiedad y asesoramiento en plusvalía municipal.

Metodología paso a paso

¿Cómo funciona la liquidación del ITP con nosotros?

Siguiendo el modelo ágil y profesional de las mejores gestorías de Baleares, gestionamos tu trámite en 4 sencillos pasos:

01

Envío de documentación previa a la firma

Nos remites por email o WhatsApp la nota simple informativa, la referencia catastral y el contrato de arras o borrador de escritura que vas a firmar.

02

Cálculo de impuestos y tipos bonificados

Contrastamos el precio de compra con el Valor de Referencia del Catastro, determinamos si puedes acogerte al tipo reducido del 4% o exenciones autonómicas y te facilitamos el importe exacto a liquidar.

03

Presentación telemática del Modelo 600 en la ATIB

Tras la firma en notaría, confeccionamos la autoliquidación del Modelo 600, adjuntamos la copia simple telemática de la escritura y presentamos el impuesto ante Hacienda Balear dentro del plazo legal.

04

Entrega de justificantes para el Registro

Te remitimos inmediatamente la carta de pago sellada con Código Seguro de Verificación (CSV) oficial, lista para ser presentada en el Registro de la Propiedad de Mallorca correspondiente para inscribir la titularidad a tu nombre.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el ITP y compraventa en Baleares

La tarifa general del ITP en las Islas Baleares es progresiva por tramos: se aplica el 8% hasta 400.000€, el 9% de 400.000€ a 600.000€, el 10% de 600.000€ a 1.000.000€, el 12% de 1.000.000€ a 2.000.000€ y el 13% para importes superiores. No obstante, existen tipos reducidos especiales del 4% para adquisición de vivienda habitual por jóvenes y colectivos protegidos.
Pueden acogerse los compradores menores de 36 años que adquieran su primera vivienda habitual en Baleares, siempre que no sean propietarios de ningún otro porcentaje de vivienda y la suma de sus bases imponibles de IRPF no supere los límites legalmente establecidos. También aplica a familias numerosas, monoparentales y personas con discapacidad.
Desde 2022, la base imponible del ITP no es necesariamente el precio pactado en la compraventa, sino el mayor entre el precio escriturado y el Valor de Referencia determinado por la Dirección General del Catastro. Si escrituras por debajo de ese valor, la ATIB liquidará impuestos por el valor de referencia. Comprobamos este dato antes de que firmes para evitarte sorpresas.
Contacto

Liquida el ITP de tu inmueble sin errores ni sanciones

Indícame el precio aproximado o la referencia catastral del inmueble y te prepararé una simulación del ITP aplicable con los posibles tipos reducidos.

Comprobación exhaustiva del Valor de Referencia
Presentación oficial telemática ante la ATIB
Justificante directo con CSV para el Registro de la Propiedad
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