Servicio 06 · Campaña de Renta & Patrimonio

Declaración de la Renta (IRPF) y Patrimonio en Baleares

Confección, optimización y presentación telemática oficial de tu declaración de la renta. Aplicación rigurosa de todas las deducciones autonómicas baleares y estatales para que no pagues ni un euro de más.

Colegiado REAT Baleares
Colaborador Social oficial de la AEAT
Máximo aprovechamiento de deducciones autonómicas
Explicación del servicio

¿En qué consiste el servicio de Declaración de la Renta?

Cada año, millones de contribuyentes cometen el error de confirmar a ciegas el borrador facilitado por la Agencia Tributaria. Sin embargo, Hacienda elabora sus borradores exclusivamente con la información que obra en su poder, omitiendo por defecto circunstancias familiares determinantes, situaciones de discapacidad no comunicadas, gastos deducibles y, muy especialmente, la totalidad de las deducciones autonómicas de las Islas Baleares.

Confirmar un borrador incompleto suele traducirse en pagar de más o en renunciar a devoluciones que legalmente te corresponden. Además, si has vendido un inmueble, recibido una donación o herencia, rescatado un plan de pensiones, alquilado una vivienda o invertido en acciones o criptomonedas, el borrador suele incorporar discrepancias que pueden derivar en costosas sanciones tributarias.

Como asesor fiscal colegiado, descargo directamente tus datos fiscales a través de la sede electrónica de la AEAT, analizo cada partida al detalle, calculo la opción más ventajosa (individual o conjunta) y presento tu declaración oficial de forma telemática e inmediata, entregándote el justificante con el código seguro de verificación (CSV).

¿Qué incluye este servicio?

Revisión exhaustiva de datos fiscales

Comprobación minuciosa de rendimientos de trabajo, actividades económicas, imputaciones inmobiliarias, pensiones nacionales o del extranjero y retenciones practicadas.

Deducciones autonómicas de Baleares

Aplicación del catálogo completo de deducciones baleares: alquiler de vivienda habitual, gastos de guardería, estudios universitarios fuera de la isla, rehabilitación energética, etc.

Ganancias y pérdidas patrimoniales

Cálculo exacto del impacto tributario por venta de viviendas, terrenos, acciones, fondos de inversión, criptoactivos o compensación de pérdidas de ejercicios anteriores.

Inmuebles y alquileres (rendimientos de capital)

Declaración correcta de arrendamientos residenciales (con deducción del 50-60%), alquileres turísticos y deducción de amortización, IBI, comunidad e intereses hipotecarios.

Simulación comparativa individual vs. conjunta

Comparamos matemáticamente el resultado de tributar individualmente o de forma conjunta en unidades familiares para elegir siempre la vía que suponga mayor ahorro.

Presentación telemática y justificante oficial

Presentación directa ante los servidores de la Agencia Tributaria como colaborador social. Envío inmediato del PDF oficial de la declaración y justificante de presentación.

Metodología de trabajo

¿Cómo funciona el proceso de tu renta?

Gestionamos tu declaración de forma ágil, cómoda y transparente, ya sea de forma 100% telemática (por WhatsApp o email) o mediante cita presencial en nuestro despacho de Palma:

01

Envío de datos o autorización fiscal

Nos facilitas tu DNI y número de referencia de la renta, Cl@ve PIN o certificado digital. Si no dispones de ellos, te ayudamos a obtener tu referencia en solo dos minutos con tu casilla de la renta anterior.

02

Análisis técnico y búsqueda de deducciones

Descargamos tus datos fiscales oficiales y contrastamos la información con tu situación real: contratos de alquiler, certificados de hipoteca, compraventas, hijos y gastos deducibles en Baleares.

03

Explicación del borrador y resultado definitivo

Te enviamos el borrador definitivo con el resultado exacto (a devolver o a pagar) explicándote cada partida de forma clara y sin tecnicismos para que apruebes el modelo con total tranquilidad.

04

Presentación telemática y entrega del justificante

Presentamos oficialmente tu declaración ante la AEAT en el mismo día, te enviamos el justificante con código CSV y gestionamos la domiciliación bancaria o el fraccionamiento de pago en dos plazos.

Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes sobre la Declaración de la Renta

Con carácter general, los contribuyentes con un solo pagador que hayan percibido más de 22.000 € anuales de rendimientos del trabajo, o más de 15.000 € (o 14.000 € según el ejercicio aplicable) si han tenido dos o más pagadores y el segundo ha superado los 1.500 €. Asimismo, están obligados todos los trabajadores por cuenta propia (autónomos) que hayan estado de alta en algún momento del año y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Incluso si no estás obligado, presentarla es muy recomendable si el resultado te sale a devolver.
La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares cuenta con un catálogo muy amplio de deducciones que la AEAT nunca aplica por defecto: deducción por alquiler de vivienda habitual (hasta determinados límites de renta), deducción por gastos de guardería e hijos de 0 a 3 años, deducción por cursar estudios superiores fuera de la isla de residencia (hasta 1.760 € por descendiente), deducción por gastos en rehabilitación o compra de vivienda habitual en determinados colectivos, gastos de libros de texto o material escolar, y deducciones por donaciones con fines medioambientales o de investigación.
El borrador es únicamente un punto de partida orientativo. La Agencia Tributaria no incorpora automáticamente deducciones por alquiler, pensiones compensatorias, cuotas sindicales o de colegios profesionales obligatorios, ni comprueba si la declaración conjunta con tu cónyuge resulta más beneficiosa. Además, si confirmas un borrador con datos incompletos (por ejemplo, omitiendo la venta de un activo o una ganancia), la responsabilidad tributaria y las sanciones recaen íntegramente sobre el contribuyente.
En una venta inmobiliaria se genera una ganancia o pérdida patrimonial sujeta a la base del ahorro (entre el 19% y el 28%). Es imprescindible calcular correctamente los gastos de adquisición (notaría, registro, ITP pagado, mejoras acreditadas) y de transmisión (comisión de inmobiliaria, plusvalía municipal) para minorar la base imponible y aplicar exenciones legales (como la reinversión en vivienda habitual o la exención para mayores de 65 años). Por su parte, la herencia tributa en el Impuesto de Sucesiones, pero si los bienes heredados generan rentas (alquileres, dividendos) o se venden con posterioridad, deben integrarse en el IRPF.
Sí. La normativa del IRPF permite fraccionar el pago en dos plazos sin intereses de demora: el primer pago correspondiente al 60% del importe se carga a finales de junio, y el segundo plazo correspondiente al 40% restante se domicilia automáticamente a principios de noviembre. También es posible solicitar un aplazamiento especial en caso de dificultades económicas justificadas.
La Campaña de Renta de la AEAT transcurre habitualmente desde principios de abril hasta el 30 de junio de cada año. Si tu declaración resulta a ingresar y deseas domiciliar el pago directamente en tu cuenta bancaria, el plazo suele finalizar unos días antes (alrededor del 26-27 de junio). Se aconseja gestionarla con antelación para asegurar la devolución lo antes posible o evitar errores de última hora.
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